miércoles, 29 de marzo de 2023

SUBVENCIONES A ASOCIACIONES SIN ANIMO DE LUCRO DE ACTIVIADES SOCIOSANITARIAS

Esta subvención pretende regular el procedimiento de otorgamiento de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a las asociaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad y prestación de servicios en materia sociosanitaria en Castilla-La Mancha. 
 
Destinatarios: 
Asociaciones de pacientes y de personas afectadas por patologías crónicas y entidades privadas con naturaleza jurídica propia, sin ánimo de lucro y válidamente constituidas y que entre los fines de sus estatutos estén recogidos alguno de los establecidos en el artículo 2 de la Orden 78/2022, de 25 de abril modificada por la Orden 219/2022, de 11 noviembre.
Requisitos: 
- Para obtener la condición de beneficiarias de las ayudas, las entidades solicitantes deberán cumplir en la fecha de presentación de la solicitud los requisitos relacionados en el art. 3.1 de la Orden 78/2022, de 25 de abril, modificada por la Orden 219/2022, de 11 de noviembre.

- Se exceptúa la exigencia de tener el domicilio fiscal en Castilla-La Mancha.

- Cada entidad designará a una persona coordinadora técnica del programa como responsable del diseño, ejecución y evaluación del mismo.

- Se reserva un 30% del total del crédito para solicitudes desarrolladas en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación. Se considera que la actividad se desarrolla en una de estas zonas cuando el porcentaje de actividad realizada en estos municipios no sea inferior al 70%.
 
Documentación a aportar: 
- Formulario de solicitud según modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que incluye la declaración responsable de acreditación de los requisitos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden 78/2022, de 25 de abril de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a asociación y entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de actividades y la prestación de servicios en materia sociosanitaria

- Memoria del proyecto de la actuación o programa a valorar (Anexo I-Memoria de la entidad y del proyecto) en el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica y que igualmente se presentará de forma telemática y debidamente firmado electrónicamente.
 
Lugar de presentación: 
Se presentarán de forma telemática con firma electrónica. Se dirigirán a la Dirección General de Humanización y Atención Sociosanitaria. 
 
Información Adicional: 
El importe total de la subvención podrá alcanzar hasta el total del coste del programa o servicio. El importe máximo a solicitar por la entidad se determinará en la convocatoria, no pudiendo superar la cantidad de 40.000 euros en 2023.  La entidad en ningún caso podrá solicitar una subvención mayor al límite máximo establecido en la convocatoria.

Los programas que no alcancen una puntuación total igual o superior a 50 puntos o no alcancen el mínimo de las puntuaciones parciales indicado en el apartado 1 del artículo 7 de la Orden de bases, serán desestimados.

La entidad beneficiaria deberá justificar, con anterioridad al 31 de enero de 2024, los gastos efectuados con cargo al 100% del coste total del proyecto y de la subvención
 
 
Plazo de presentación de solicitudes: 

Del Lunes, 27 de Marzo al 19 de Abril de 2.023

Aclaraciones en Correo electrónico: subv_sociosanitaria@jccm.es
 
Para más información y Anexo I pincha aqui

 

 

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