miércoles, 5 de diciembre de 2018

TARJETA DORADA PARA MAYORES DE 65 AÑOS.

Resultado de imagen de tarjeta dorada jccmFinalidad: La finalidad de esta tarjeta es facilitar al colectivo de personas mayores de 65 años, la mejora de su calidad de vida y la posibilidad de participar activamente en la sociedad, facilitando su accesibilidad al entorno.

Prestaciones: Los beneficios económicos que conlleva el uso de la tarjeta, se determinarán por la Consejería competente en materia de transportes, y se circunscribirán a los viajes regulares que tengan origen y destino dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.


El ejercicio de los beneficios económicos, se acredita mediante la utilización de la Tarjeta Dorada de transporte para mayores de 65 años, acompañada del DNI o documento acreditativo de la identidad del titular.
Su expedición no supondrá coste para el usuario y su validez será indefinida mientras se mantengan los requisitos que dan lugar a su obtención.
Beneficiarios: Para tener derecho a la Tarjeta Dorada de transporte, las personas solicitantes deberán, estar empadronados en un municipio de Castilla-La Mancha y tener cumplidos 65 años.

La tarjeta es de uso personal e intransferible, siendo responsabilidad del beneficiario el uso de la misma por tercera persona.

Plazo de presentación de solicitudes: Tras la entrada en vigor de la Orden que regulará el procedimiento, el plazo de presentación de solicitud de la tarjeta estará abierto de forma permanente.

Solicitudes: El procedimiento ordinario de concesión de la Tarjeta Dorada de transporte se iniciará a instancia de la persona interesada o por quien ejerza su representación legal. Las personas interesadas deberán cumplimentar la solicitud que estará disponible en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).
 
No obstante, en el mes de diciembre 2018/enero/febrero de 2019, y con objeto de simplificación y agilidad procedimental, se realizará por parte de la Consejería de Bienestar Social, una remisión de oficio, a las personas que según ficheros pudieran ser beneficiarios de las mismas.

 A partir del 1 de diciembre de 2018, existirá un periodo transitorio, durante el cual en defecto de la Tarjeta indicada, y siempre que se cumplan los requisitos que dan lugar a su concesión, la condición de beneficiario será acreditada ante las empresas transportistas mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad. Dicho plazo transistorio para poder disfrutar de los beneficios del transporte existirá hasta marzo de 2019, si bien se tiene previsto una posible ampliación si fuera necesario.

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