- Ser pensionista de jubilación o incapacidad permanente del Sistema de Seguridad Social español.
- Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
- Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
- Ser asegurado o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco o más años de edad.
- No padecer alteraciones del comportamiento que puedan alterar la normal convivencia en los establecimientos, ni padecer enfermedad transmisible con riesgo de contagio.
- Poder valerse por sí mismo para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
- Necesitar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.
- Alcanzar, de conformidad con la baremación establecida, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.
Plazos para la presentación de las solicitudes
La Resolución contempla dos plazos para la presentación de las mismas:
Para los turnos de los meses de febrero hasta agosto, ambos inclusive:
- Con prioridad en la adjudicación de plaza: hasta el 11 de enero de 2016.
- Para su inclusión en el orden que corresponda, en la Lista de Espera de Plazas: hasta el día 11 de mayo de 2016.
Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre, ambos inclusive:
- Con prioridad en la adjudicación de plaza: hasta el día 11 de mayo de 2016.
- Para su inclusión en la Lista de Espera de Plazas para la cobertura de plazas que vayan quedando vacantes por distintos motivos: hasta el 31 de octubre de 2016.
- Para solicitud y mas información pichar aqui:
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