En la Orden de 31/07/2014, de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales,aparecida en el D.O.C.M. del pasado día 7 de Agosto,en la que se establecen las bases reguladoras de ayudas de atención adecuada para mayores y personas con discapacidad y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2014.
Clases de ayudas.
1. Las ayudas a favor de personas con discapacidad tendrán las siguientes modalidades:
a) Apoyo especializado en centro residencial.
b) Fomento de la accesibilidad y de la autonomía personal:Adquisición, adaptación o eliminación de barreras en vehículos a motor, ayuda al transporte y adquisición de ayudas técnicas.
1. Las ayudas a favor de personas con discapacidad tendrán las siguientes modalidades:
a) Apoyo especializado en centro residencial.
b) Fomento de la accesibilidad y de la autonomía personal:Adquisición, adaptación o eliminación de barreras en vehículos a motor, ayuda al transporte y adquisición de ayudas técnicas.
c) Adquisición de audífonos, gafas, lentillas.
d) Ayudas para compensar deficiencias ortodóncicas cuyo origen esté directamente relacionado con las condiciones de salud
d) Ayudas para compensar deficiencias ortodóncicas cuyo origen esté directamente relacionado con las condiciones de salud
2. Las ayudas a favor de personas mayores tendrán las siguientes modalidades:
a) Adquisición de gafas, lentillas, audífonos, prótesis dentales y ortopedia no previstas por el sistema sanitario, necesarias
para garantizar su acceso al entorno.
b) Ayudas técnicas para eliminación de barreras existentes en espacios de aseo personal en la vivienda que constituya
residencia del beneficiario.
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde la publicación de la correspondiente convocatoria hasta el 31 de octubre de cada ejercicio o el agotamiento del crédito si es anterior.
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