martes, 28 de enero de 2014

ACTUALIZACION PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS, JUBILACIÓN E INVALIDEZ 2014

¿QUÉ SON LAS PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS?
II. ¿QUIÉNES TIENEN DERECHO A LA PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA?

Las Pensiones No Contributivas de la Seguridad Social, van dirigidas a todos los ciudadanos que, encontrándose en estado de necesidad, carezcan de recursos económicos suficientes para su subsistencia, aunque no hayan cotizado o lo hayan hecho de forma insuficiente.

Junto con la prestación económica, las personas beneficiarias de la Pensión No Contributiva tienen derecho a la asistencia médico-farmaceútica gratuita y a los servicios sociales complementarios.

La condición de pensionista de invalidez es compatible con la realización de actividades lucrativas, pudiéndose percibir la pensión en su totalidad, una cuantía reducida o estableciéndose la suspensión temporal del pago y la recuperación automática en el momento del cese de la actividad, dependiendo de la cuantía de la retribución obtenida por la realización de dicha actividad.

La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha tiene atribuída la competencia para gestionar estas pensiones desde su inicio.

Los ciudadanos residentes en territorio español, pueden ser beneficiarios de las pensiones no contributivas si cumplen los siguientes requisitos:

Cuando las rentas o ingresos personales de que disponga o tenga derecho a disponer sean inferiores, en cómputo anual, a 5.122,60 €.
No obstante, aunque sus ingresos o rentas sean inferiores a esa cantidad, se tienen en cuenta los del conyuge, hijos, padre, madre, abuelos, nietos y hermanos con los que conviva.

JUBILACION
EDAD: Tener sesenta y cinco o más años.
RESIDENCIA: Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante diez años, en el periodo que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

INVALIDEZ
EDAD: Tener dieciocho años y menos de sesenta y cinco.
RESIDENCIA: Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante
un periodo de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e
inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
MINUSVALÍA: Tener un grado de minusvalía igual o superior al 65 por ciento.

REVALORIZACIÓN DE LAS PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS PARA EL AÑO 2013
CUANTÍA INTEGRA: ANUAL 5.122,60 €, MENSUAL:365,90 €
CUANTÍA MÍNIMA (25%):   ANUAL 1.280,65 €, MENSUAL:91,47 €
CUANTÍA ÍNTEGRA MÁS INCREMENTO 50% : ANUAL7.683,90 € , MENSUAL:548,85 €

Los pensionistas de invalidez cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 75% y acrediten necesidad de concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, reciben como complemento 182,95 € en cada una de las catorce pagas.

La cuantía individual para cada pensionista se establece a partir del importe vigente para el año 2014, en función de sus rentas personales y/o de su unidad económica de convivencia y del número de beneficiarios de pensión no contributiva que convivan en la unidad familiar.

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